Kit Digital e inteligencia artificial: qué cubre, cuánto da y quién devuelve el dinero
A agosto de 2026 el Kit Digital no tiene convocatoria abierta, pero sigue vivo por ley hasta agotar fondos. Qué categorías cubren IA de verdad, los importes por tramo, los plazos que hacen perder el bono y el régimen de reintegro que casi nadie explica. Todo verificado contra el BOE.
El Kit Digital financia inteligencia artificial solo en tres categorías concretas del catálogo y, a fecha de verificación de este artículo (29 de agosto de 2026, contra el BOE y Red.es), no tiene ninguna convocatoria abierta donde pedir un bono nuevo. Eso no significa que el programa haya muerto: la Orden TDF/39/2026 lo mantiene vigente hasta agotar los fondos y obliga a reinvertir el dinero no ejecutado, así que puede volver. Aquí tienes lo que casi nadie explica: qué categorías cubren IA de verdad y para qué tamaños de empresa, los importes por tramo, los plazos que hacen perder un bono ya concedido y el régimen de reintegro, es decir, quién devuelve el dinero si algo se incumple. Si tu decisión sobre la IA va más allá de la subvención, empieza por la guía completa de implantar IA en una empresa.
¿Está abierto el Kit Digital en agosto de 2026?
No. A 29 de agosto de 2026 no hay ninguna convocatoria del Kit Digital abierta: la última, la del segmento III, cerró el 31 de octubre de 2025. El programa no ha terminado: la Orden TDF/39/2026 lo mantiene vivo hasta agotar los fondos, pero hoy no existe plazo donde presentar una solicitud nueva.
Los cierres, uno a uno, según el listado oficial de convocatorias de Red.es: las convocatorias de los segmentos I y II cerraron el 31 de diciembre de 2024; la del segmento III y la dirigida a comunidades de bienes y sociedades civiles cerraron el 31 de octubre de 2025; y la de medianas empresas (segmentos IV y V) cerró el 30 de junio de 2025. En sus tres primeros años, el programa concedió más de 830.000 ayudas según Red.es (2025).
Lo relevante para ti es lo que vino después. La Orden TDF/39/2026, publicada en el BOE el 28 de enero de 2026, cambió tres cosas: el programa pasa a aplicarse "hasta el agotamiento total de los fondos" en lugar de tener fecha de caducidad; Red.es queda obligada a reinvertir en el propio Kit Digital cualquier remanente no ejecutado de sus 3.067 millones de euros; y el órgano instructor debe formular nuevas propuestas de concesión cuando existan fondos sin asignar. La puerta a nuevas convocatorias está abierta por diseño. Pero a fecha de agosto de 2026 no hemos podido confirmar en fuente oficial ninguna resolución de convocatoria nueva, y sin resolución publicada no hay dónde presentar la solicitud. El único sitio donde comprobarlo el día que leas esto: la sede electrónica de Red.es y acelerapyme.gob.es.
Qué categorías del Kit Digital cubren inteligencia artificial
El catálogo del Kit Digital incluye tres categorías con inteligencia artificial asociada desde mayo de 2024: gestión de clientes con IA, business intelligence y analítica con IA, y gestión de procesos con IA. Las tres están reservadas a los segmentos IV y V (empresas de 50 a menos de 250 empleados), con ayudas de hasta 24.000 euros por categoría.
Las introdujo la Orden TDF/435/2024 (BOE, 2024), la misma que creó los segmentos IV y V y añadió las categorías de ciberseguridad gestionada y puesto de trabajo seguro. Los importes máximos por categoría, tal y como figuran en la tabla del artículo 18.2:
| Categoría con IA asociada | Segmento IV (50 a menos de 100 empleados) | Segmento V (100 a menos de 250 empleados) |
|---|---|---|
| Gestión de clientes con IA | 18.000 € | 24.000 € |
| Business intelligence y analítica con IA | 8.000 € | 9.000 € |
| Gestión de procesos con IA | 16.000 € | 19.000 € |
El detalle que casi ningún artículo cuenta: en esa misma tabla del BOE, las filas de las tres categorías con IA llevan un guion en las columnas de los segmentos I, II y III. No están disponibles para empresas de menos de 50 empleados. Si tu empresa es más pequeña, tu catálogo es el clásico: gestión de clientes, gestión de procesos, business intelligence, sitio web, comercio electrónico y el resto de categorías sin apellido de IA. Las fichas del catálogo definen requisitos mínimos por categoría, no techos funcionales, así que una solución de una categoría clásica puede incorporar funciones de inteligencia artificial; pero la categoría específica de IA, con sus importes más altos, es exclusiva de las medianas empresas.
¿Cuánto dinero da el bono digital según el tamaño de tu empresa?
El bono digital va de 3.000 a 29.000 euros según la plantilla: 3.000 euros para empresas de 0 a menos de 3 empleados, 6.000 hasta 10, 12.000 hasta 50, 25.000 hasta 100 y 29.000 hasta 250. El IVA no está cubierto en ningún caso: lo pagas tú aparte, y conviene presupuestarlo desde el principio.
| Segmento | Plantilla | Importe máximo del bono |
|---|---|---|
| III | De 0 a menos de 3 empleados | 3.000 € |
| II | De 3 a menos de 10 empleados | 6.000 € |
| I | De 10 a menos de 50 empleados | 12.000 € |
| IV | De 50 a menos de 100 empleados | 25.000 € |
| V | De 100 a menos de 250 empleados | 29.000 € |
El importe del segmento III subió de 2.000 a 3.000 euros con la Orden TDF/435/2024. Y sobre lo que el bono no paga, el artículo 19 de las bases reguladoras (Orden ETD/1498/2021, texto consolidado) es explícito: no son subvencionables el IVA ni sus equivalentes canario y de Ceuta y Melilla, ni el hardware en general, ni los servicios de telecomunicación y conectividad, ni los servicios de asesoría o gestoría para conseguir la propia ayuda. Ese último punto importa: si alguien te ofrece "tramitarte el Kit Digital" cobrándolo contra el bono, te está proponiendo algo que las bases excluyen. El IVA, además, es un tema de caja real: en una solución de 24.000 euros hablas de miles de euros que salen de tu cuenta aunque la solución sea "gratis".
Bono concedido: plazos y pasos para invertirlo en inteligencia artificial
Si ya tienes el bono concedido, el reloj corre: dispones de 6 meses desde la notificación para formalizar el acuerdo con un agente digitalizador, y si no lo haces pierdes el derecho al cobro. Después vienen dos fases: 3 meses de implantación y 12 meses de prestación del servicio. Elegir bien en qué gastarlo es la decisión que queda.
El circuito completo, con los artículos de las bases que lo regulan:
- Anota la fecha de notificación de tu resolución de concesión. Desde ese día tienes 6 meses; pasado el plazo, el artículo 21.5 dice que pierdes el derecho al cobro del importe no asociado a acuerdos formalizados.
- Elige categoría de solución y agente digitalizador adherido en el catálogo oficial. Puedes repartir el bono entre varias categorías, dentro de los máximos de cada una.
- Formaliza el acuerdo de prestación. Al firmarlo cedes el derecho de cobro de la subvención al agente digitalizador (artículo 21.7): el dinero público no pasa por tu cuenta, lo cobra él.
- Primera fase: implantación en un máximo de 3 meses. El agente instala la solución, emite la factura y tú das tu conformidad. No firmes conformidad de nada que no esté funcionando.
- Segunda fase: 12 meses de prestación del servicio, contados desde la factura de la primera fase.
- Guarda todo durante al menos 4 años: facturas, justificantes y evidencias de que el servicio se prestó. Las bases te lo exigen como beneficiario.
La decisión de fondo no es administrativa: es qué solución de IA merece tu bono. Nuestro criterio en Godius, consultoría de inteligencia artificial aplicada a empresas reales, es que una solución de IA solo funciona si toca tus datos y tu proceso: un asistente como Patitas, uno de nuestros proyectos en producción, responde con datos reales del negocio y cobra online sin intervención humana. Ese es el listón. Un chatbot genérico que no sabe nada de tu empresa cumple sobre el papel la categoría y no cambia nada en tu cuenta de resultados. Antes de firmar con un agente, dedica una semana a mapear el proceso que quieres mejorar: es la diferencia entre invertir el bono y gastarlo.
Reintegro del Kit Digital: quién devuelve el dinero si algo se incumple
El dinero lo devuelve el beneficiario, es decir, tu empresa, no el agente digitalizador. Las bases del programa establecen que el incumplimiento de requisitos u obligaciones del beneficiario obliga a devolver la ayuda con intereses de demora, o a perder el derecho al cobro. Y si el bono se pierde por tu incumplimiento, la factura del agente la asumes tú.
Es el punto que ninguna propuesta comercial explica, así que vamos al texto. El artículo 35 de las bases consolidadas dice que el incumplimiento del beneficiario da lugar, previo procedimiento de reintegro, "a la obligación de devolver las ayudas percibidas y los intereses de demora correspondientes, o a la pérdida del derecho al cobro". Y el artículo 23.4 remata el matiz importante: si el pago al agente digitalizador no puede realizarse porque tú incumpliste, eres tú quien asume la obligación de pago al agente. Traducido: una solución que creías gratuita puede convertirse en una factura íntegra de tu bolsillo, más la devolución de lo ya percibido con intereses.
¿Qué incumplimientos te exponen a eso? Los del artículo 9 de las bases: no llevar las transacciones de la ayuda en tu contabilidad con código diferenciado, no conservar facturas y justificantes durante el mínimo de 4 años, no declarar otras ayudas de minimis recibidas, no colaborar con las verificaciones o no formalizar los acuerdos como exige la norma. A eso se suman las causas generales de reintegro de la Ley General de Subvenciones, que aplican a cualquier ayuda pública.
¿Y si el que incumple es el agente digitalizador? Las bases (artículo 10.7) prevén su baja del catálogo y las sanciones y reintegros que correspondan por la Ley General de Subvenciones. Pero tu protección práctica no es ese artículo: es documentar la prestación. Guarda evidencias de qué se entregó y cuándo, no des conformidad a fases no completadas y elige agentes con historial verificable. En un programa donde el beneficiario responde del dinero, la diligencia al elegir proveedor no es una formalidad: es la gestión del único riesgo económico real que asumes.
¿Qué se necesita para ser agente digitalizador adherido?
Para adherirse como agente digitalizador, las bases exigen una facturación acumulada de al menos 100.000 euros en los dos años anteriores (o 50.000 en el último año) en proyectos similares; para autónomos sin empleados, 70.000 o 35.000. Además: estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, no ser empresa en crisis y tener domicilio fiscal en la Unión Europea.
Los requisitos están en el artículo 10.1 de la Orden ETD/1498/2021 y explican por qué el catálogo lo dominan empresas ya establecidas: la barrera no es técnica, es de facturación previa demostrable en España. Si eres proveedor de soluciones de IA y te planteas la adhesión con vistas a una futura convocatoria, ese es el número que tienes que poder acreditar. A fecha de esta verificación no hemos podido confirmar en fuente oficial si el plazo de adhesión para nuevos agentes digitalizadores está abierto; el trámite, cuando lo está, se gestiona en la sede electrónica de Red.es. Y una obligación que se olvida: el agente debe mantener su adhesión y sus condiciones durante toda la prestación, porque su baja del catálogo afecta a los acuerdos que tenga en vuelo.
¿Qué puedes hacer hoy si quieres IA con ayuda pública?
Hoy puedes hacer tres cosas: vigilar la publicación de una nueva convocatoria en la sede electrónica de Red.es, preparar tu empresa para solicitarla el primer día, y decidir qué proyecto de inteligencia artificial merece la pena con o sin subvención. Kit Consulting, la vía que financiaba asesoramiento en IA, cerró su plazo el 31 de marzo de 2025.
Sobre ese programa hermano, para que no pierdas tiempo persiguiéndolo: Kit Consulting (Plan de Recuperación, 2024) daba bonos de 12.000 a 24.000 euros a empresas de 10 a menos de 250 empleados para contratar asesoramiento, con un servicio específico de asesoramiento en inteligencia artificial en su catálogo. Su plazo de solicitud terminó el 31 de marzo de 2025 y, a fecha de agosto de 2026, no se ha reabierto.
La preparación sí está en tu mano. Las convocatorias anteriores exigían tener certificado digital, estar al corriente de obligaciones tributarias y completar la evaluación de madurez digital que prevén las bases: son trámites que puedes dejar resueltos hoy para no quemar días de plazo cuando se publique una nueva resolución. Los fondos remanentes existen y la orden de 2026 obliga a moverlos; lo que nadie puede decirte con honestidad es la fecha, porque no está publicada.
Y queda la decisión que la subvención no toma por ti. Un bono de 3.000 o 6.000 euros no convierte en rentable un proyecto mal elegido, y un proyecto bien elegido suele justificarse sin bono: el criterio para decidirlo con números está en nuestra guía de implantar IA en una empresa y en los servicios con los que lo ejecutamos. Si tu situación es la contraria, un bono concedido y un plazo de 6 meses corriendo, el orden correcto es el mismo: primero el proceso, después la categoría, y solo al final el agente digitalizador. Para eso está el diagnóstico de consultoría: salir de una llamada de 15 minutos sabiendo si tu bono debe ir a gestión de clientes, a procesos o a ninguna de las dos.
Preguntas frecuentes
¿Sigue abierto el Kit Digital en 2026?
A fecha de agosto de 2026 no hay ninguna convocatoria abierta: la última, la del segmento III, cerró el 31 de octubre de 2025. El programa sigue vigente porque la Orden TDF/39/2026 lo extiende hasta agotar los fondos y obliga a reinvertir los remanentes, pero para pedir un bono nuevo hace falta que Red.es publique una nueva convocatoria en su sede electrónica.
¿El Kit Digital cubre proyectos de inteligencia artificial?
Sí, pero solo para medianas empresas. Desde mayo de 2024 el catálogo incluye tres categorías con IA asociada: gestión de clientes (hasta 24.000 euros), business intelligence y analítica (hasta 9.000) y gestión de procesos (hasta 19.000). Están reservadas a los segmentos IV y V, de 50 a menos de 250 empleados. Para empresas más pequeñas no existe una categoría específica de IA.
¿Quién devuelve el dinero del Kit Digital si se incumple algo?
El beneficiario, es decir, la empresa que recibió el bono, aunque el dinero lo cobrara directamente el agente digitalizador. Las bases obligan a devolver la ayuda con intereses de demora si el beneficiario incumple sus obligaciones, y si el bono no puede pagarse al agente por ese incumplimiento, la empresa asume además el pago del servicio de su bolsillo.
¿Cuánto dinero da el bono del Kit Digital según el tamaño de mi empresa?
De 3.000 a 29.000 euros: 3.000 para empresas de 0 a menos de 3 empleados, 6.000 de 3 a menos de 10, 12.000 de 10 a menos de 50, 25.000 de 50 a menos de 100 y 29.000 de 100 a menos de 250. El IVA no es subvencionable en ningún caso: se paga aparte.
¿Qué plazo tengo para usar el bono si me lo conceden?
Seis meses desde la notificación de la concesión para formalizar el acuerdo de prestación con un agente digitalizador adherido; si no lo formalizas, pierdes el derecho al cobro. Después, la implantación de la solución tiene un máximo de 3 meses (primera fase) y el servicio debe prestarse durante 12 meses más (segunda fase).
¿Qué era el Kit Consulting y sigue abierto?
Kit Consulting es el programa hermano del Kit Digital: financiaba servicios de asesoramiento digital, incluido un servicio específico de asesoramiento en inteligencia artificial, con bonos de 12.000 a 24.000 euros para empresas de 10 a menos de 250 empleados. Su plazo de solicitud cerró el 31 de marzo de 2025 y no se ha reabierto a fecha de agosto de 2026.
Fuentes
- [1]Orden TDF/39/2026 por la que se modifican las bases reguladoras del Programa Kit Digital (BOE)(2026)
- [2]Orden TDF/435/2024: segmentos IV y V y categorías de soluciones con IA asociada (BOE)(2024)
- [3]Orden ETD/1498/2021, bases reguladoras del Programa Kit Digital, texto consolidado (BOE)(2021)
- [4]Convocatoria de ayudas para la digitalización de empresas del segmento III (Sede electrónica de Red.es)(2025)
- [5]Conoce el programa Kit Consulting (Plan de Recuperación, Gobierno de España)(2024)
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